miércoles, 09 de octubre del 2024

Retiran la inmunidad a Puigdemont, Comín y Ponsatí pero la sentencia será recurrida

El Tribunal Supremo y Pablo Llarena, que estaban muy pendientes de este fallo, podría emitir nuevas euroórdenes, pero para la defensa de los exiliados no serían viables, porque el delito de sedición ya no existe.

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Josep Herrera
Josep Herrera
Periodista Journalist Press                                                                                                                                                                             diariolasrepublicas@gmail.com
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El Tribunal General de la Unión Europea (TGUE) retira este miércoles la inmunidad parlamentaria como eurodiputado al expresidente catalán Carles Puigdemont y a los otros dos eurodiputados de JxCat, Toni Comín Clara Ponsatí. La sentencia, no obstante, se puede recurrir ante la instancia superior, el Tribunal de Justicia de la UE.

De esta forma, desestima el recurso del presidente de Catalunya en el exilio contra la decisión de la Eurocámara de suspender su inmunidad europarlamentaria, siguiendo la petición del Tribunal Supremo (TS) para que pueda responder ante la Justicia en España por su participación en el Procés.

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La Justicia europea avala así el proceso de suplicatorio con el que la Eurocámara levantó la inmunidad a Puigdemont y los exconsellers. Frente a esta decisión cabe recurso de casación, que debe presentarse en dos meses, algo que la defensa del expresidente catalán ya ha adelantado que hará.

El eurodiputado de Junts y expresidente de la Generalitat ha anunciado este miércoles que presentarán un recurso. «Nada termina aquí, todo lo contrario. Todo sigue adelante. Presentaremos recurso al TJUE y defenderemos hasta el final nuestros derechos fundamentales, que son también los derechos fundamentales de los catalanes y los europeos», ha destacado en un apunte en su cuenta de Twitter:

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«Nada se acaba, al contrario. Todo continúa. Presentaremos recurso ante el Tribunal de Justicia de la UE. Ciertamente hemos trabajado duro para obtener otra sentencia, pero también estábamos preparando el camino a seguir en caso de que el resultado fuera el que se ha comunicado hoy.»

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El presidente catalán e el exilio aseguró que “hoy la disidencia política está más amenazada en Europea”. “Las minorías políticas que defiendan causas que incomoden a los Estados tendrán, si esta sentencia no se revierte, más dificultades para ejercer sus derechos”, concluyó Puigdemont.

Hay que recordar que el juez del Supremo, Pablo Llarena, persigue a Puigdemont y Comín acusándoles de malversación y desobediencia, mientras que a Ponsatí sólo le acusa de desobediencia, a raíz de la implicación de los tres en el referéndum del 1-O.

La reforma del Código Penal pactada entre ERC y el Gobierno español derogó la sedición, y fruto de ello, el pasado enero el Supremo reformuló la causa del proceso para mantener la persecución. Lo que hace que se vea esta represión como una ‘vil cacería’ del Estado español.

También su abogado, Gonzalo Boye, ha anunciado que recurrirán tanto esta sentencia como la otra que les han tumbado. Es la demanda que presentaron contra la decisión del entonces presidente del Parlamento Europeo, David Sassoli, de no defender su inmunidad como eurodiputados, el pasado 10 de diciembre del 2019, justo después de las terceras euroórdenes dictadas por el Tribunal Supremo:

La Sentencia del TGUE -Resumen-

El TGUE desestimó “todos los motivos” que alegaron los tres eurodiputados para intentar conseguir que la justicia europea anulase el suplicatorio que en 2021 aprobó el Parlamento Europeo.

En primer lugar, el TGUE dijo que para tomar su decisión, la Eurocámara no tenía que analizar “la legalidad” del proceso judicial iniciado en España contra los líderes independentistas tras el referéndum del 1 de octubre porque “esta cuestión es competencia exclusiva de las autoridades nacionales”.

Por lo que el Parlamento Europeo no incurrió en error “al concluir que el referido proceso judicial no se incoó con la intención de dañar la actividad de los diputados”.

La sentencia avaló que la Eurocámra les retirase la inmunidad, teniendo en cuenta que los hechos que les imputa la justicia española se habían cometido en 2017, antes de haber adquirido su escaño de eurodiputados, es decir, en un momento en que esa condición era “hipotética”.

Los jueces también dijeron que el Parlamento Europeo no violó el principio de imparcialidad pese a que el ponente del suplicatorio, el búlgaro Angel Dzhambazki, forme parte del mismo grupo político en el que se integra VOX, el partido que inició la causa del procés en 2017.

El TGUE señaló que esta circunstancia es “en principio irrelevante para la apreciación de su imparcialidad”.

“Es cierto que también forman parte de dicho grupo político los diputados del partido político VOX, que promovió el proceso penal contra los tres diputados. Sin embargo, esa situación particular concierne a los diputados que son miembros de dicho partido, pero no puede ampliarse, como regla, al conjunto de los miembros del grupo político del Conservadores y Reformistas”, recoge la sentencia.

El TGUE, dijo además que “un diputado, por definición no es políticamente neutro” y actúa “en el marco de una comisión parlamentaria cuya composición refleja el equilibrio de los grupos políticos en el Parlamento”.

La corte con sede en Luxemburgo, argumentó que Dzhambazki fue designado por la Comisión de Asuntos Jurídicos “conforme al turno en igualdad de condiciones establecido entre los grupos políticos”, y que, además, ello “no impide” que se designe un único ponente para analizar el suplicatorio de Puigdemont, Comín y Ponsatí.

“La rotación en igualdad de condiciones de la función de ponente no impide que se designe un único ponente para examinar varios expedientes de inmunidad conexos cuando, como en el presente caso, los suplicatorios de suspensión de la inmunidad se refieren a diputados objeto de un mismo proceso penal”, recoge el texto.

 

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