domingo, 13 de octubre del 2024

Jugada maestra de Boye: le pregunta a Llarena si ha avisado ya a la policía de que no pueden detener a Puigdemont

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Beatriz Talegón
Beatriz Talegón
(Madrid, 5-5-1983) Licenciada en Derecho por la UAH, estudios en economía del desarrollo por la LSE en Pekin. Analista política. Ex Secretaria General de la Unión Internacional de Jóvenes Socialistas Actualmente colabora como analista política en distintos medios de comunicación (prensa escrita, radio y televisión).
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El pasado viernes el Tribunal General de la Unión Europea confirmó que no veía necesario proteger con la inmunidad a Carles Puigdemont, Toni Comín y Clara Ponsatí porque con la ley europea en la mano, no se les puede detener, ya que las euroórdenes dictadas por Pablo Llarena están suspendidas mientras el Tribunal de Justicia de la UE no responda a su cuestión prejudicial sobre la sentencia belga que rechazó la entrega de Lluis Puig.

El texto firmado por el Vicepresidente del TGUE señala expresamente que ahora mismo ningún Estado miembro de la UE puede detener a ninguno de los tres eurodiputados ni entregarlos a las autoridades españolas. Y subraya además que esto ya lo sabía el juez Llarena y el Tribunal Supremo en el momento en que Carles Puigdemont fue detenido en Alguer (Italia). Cabe recordar que en aquel momento el juez instructor y el Tribunal Supremo jugaron a despistar a la opinión pública y a las autoridades españolas queriendo dar a entender que las euroórdenes no estaban en suspenso, afirmando que seguían activas. Un extremo que ya entonces se denunció falso y que ahora mismo el vicepresidente del TGUE confirma.

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Ante la evidencia del escrito del TGUE, que no deja lugar a la interpretación por ningún lugar, hoy el abogado del president Puigdemont ha enviado un escrito al tribunal Supremo preguntando si se ha informado ya a las autoridades policiales españolas de que no pueden detener a Puigdemont ni a Ponsatí ni a Comín si decidieran venir a España en este momento.

Con este escrito de Boye se espera que el Supremo responda, poniendo «la pelota sobre su tejado» ante la posibilidad de que tengan que ir contra el TGUE, metiendo a la justicia española en una situación comprometida, o por el contrario, reconociendo que pueden venir a España y no ser detenidos.

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Esta «jugada maestra» de Boye hace que no sea necesario ahora mismo arriesgar la libertad de Puigdemont, Comín y Ponsatí: preguntando por escrito al Supremo se ahorran el riesgo de ser detenidos, aunque la ley europea diga lo contrario y así lo haya explicado el TGUE.

El texto presentado por el abogado ante el Supremo dice así: » se solicita información sobre si, en virtud de las consecuencias legales a que se refiere el  Vicepresidente del Tribunal General en su Auto de 26 de noviembre de 2021, por el Excmo. Magistrado Instructor, de conformidad con el principio de cooperación leal, se ha procedido al dictado de las oportunas instrucciones para hacer efectiva la suspensión del presente procedimiento penal a todos los efectos, especialmente en lo relativo a las distintas órdenes de detención emitidas en esta causa penal, comunicando dicha suspensión a las distintas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como al Sistema de Información de Schengen y a Interpol. Igualmente, interesa esta parte le sea entregada copia de las notificaciones que, por el Excmo. Magistrado Instructor, en virtud de dicha suspensión y de conformidad con el principio de cooperación leal, se hayan hecho a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, al Sistema de Información de Schengen y a Interpol, en relación con la suspensión de dichas órdenes.»

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Y por ello se solicita al magistrado instructor (Pablo Llarena) que: informe al abogado sobre si, «en virtud de las consecuencias ope legis a que se refiere el Vicepresidente del Tribunal General de la Unión Europea en su Auto de 26 de noviembre de 2021, dictado en el asunto T-272/21 R II, por el Excmo. Magistrado Instructor, de conformidad  con el principio de cooperación leal, se han dictado las oportunas instrucciones para hacer efectiva la suspensión del presente procedimiento penal a todos los efectos, especialmente en lo relativo a las distintas órdenes de detención emitidas en esta causa penal, comunicando dicha suspensión a las distintas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, así como al Sistema de Información de Schengen y a Interpol.

2.Igualmente, interesa esta parte le sea entregada copia de las notificaciones que, por el Excmo. Magistrado Instructor, en virtud de dicha suspensión y de conformidad con el principio de cooperación leal, se hayan hecho a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, al Sistema de Información de Schengen y a Interpol, en relación con la suspensión de dichas órdenes.»

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