miércoles, 24 de abril del 2024

El Supremo crea jurisprudencia y sentencia a una empresa a indemnizar con 48.232 euros por retrasar 10 días el pago del salario

La demora reiterada en el pago del sueldo a un trabajador ha tenido la entidad suficiente para que el empleado tenga derecho a ser compensado si hay despido improcedente, o también pueda rescindir el contrato.

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Josep Herrera
Josep Herrera
Periodista Journalist Press                                                                                                                                                                             diariolasrepublicas@gmail.com
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Jurisprudencia significativa desde el Tribunal Supremo. Este considera el estar más de un año cobrando reiterativamente el salario con algo más de diez días de retraso como un caso de gravedad suficiente y condena a una empresa a indemnizar con 48.232,73 euros al trabajador que sufrió estos retrasos, a la vez que consolida sentencia sobre este asunto.

Según indica epe.es el caso concreto resuelto en esta sentencia, cuya ponente ha sido la magistrada Concepción Rosario Ureste, corresponde a un trabajador que prestaba servicios en una empresa de instalación de maquinaria industrial desde 2007, con un sueldo bruto de 2.624,47 euros al mes.

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El trabajador experimentó retrasos en el pago de abril de 2019 a marzo de 2020, que es cuando interpuso la demanda. La sentencia del alto tribunal dio por probado que el promedio de retraso era de 10 días y medio y que en un momento concreto, el abono del salario de abril de 2019 se efectuó en dos pagos.

Para la Sala de lo Social del alto tribunal, el empleador «no tiene la facultad unilateral de modular o condicionar el cumplimiento de la obligación de abono puntual del salario» y por ello estima el recurso, coincidiendo con el criterio del Ministerio Fiscal. Además el empleado tiene derecho a ser compensado si hay despido improcedente o rescindir el contrato.

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