viernes, 29 de marzo del 2024

Manuel Marchena el juez del Supremo y la judicialización de la política española

Sobre el Procés, no tapa sus críticas al Gobierno por la derogación del delito de sedición, y su oposición a las medidas de Sánchez han quedado demostradas en sus sentencias. Al Ejecutivo no le ha gustado que el ponente de la sentencia comente la reforma del Código Penal pactada con ERC.

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Josep Herrera
Josep Herrera
Periodista Journalist Press                                                                                                                                                                             diariolasrepublicas@gmail.com
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La ponencia es una dinámica comunicativa en la cual el ponente hace una presentación, comunicación o propuesta, sobre un tema concreto con el objetivo principal de atraer la atención de la audiencia y preparar el camino al mensaje principal. Son muchas voces las que señalan que la sentencia del Supremo sobre el Procés, (sí, un servidor lo pone siempre en mayúsculas por ser palabra mayores) alcanzada por unanimidad sobre la ponencia de Manuel Marchena, presidente de la Sala Segunda, contiene numerosas referencias políticas que sobran.

El artículo 395 de la Ley Orgánica del Poder Judicial indica que los jueces tienen prohibido dirigir a los poderes, autoridades y funcionarios públicos felicitaciones o censuras por sus actos. Pero la ponencia de Marchena podría interpretarse como una crítica en toda regla. Juristas con los que ha podido hablar ese diario no ven bien que una sentencia enmiende la plana al Gobierno. Otros, como Andreu Van den Eynde, abogado de Oriol Junqueras, opinan: «No me parece mal que los tribunales critiquen las decisiones del legislador, pero me parece mal que no las apliquen».

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Nos recuerda Público que Marchena señala, por ejemplo, que el derogado delito de sedición pueda entenderse ahora castigado en el nuevo delito de desórdenes públicos, lo que deja «impunes» los procesos secesionistas sin violencia. Además de recalcar que «el delito de sedición, como venimos insistiendo, enriquecía los actos ejecutivos con la voluntad de promover la inobservancia de las leyes o el incumplimiento de las resoluciones judiciales. Ahora, el tipo subjetivo queda reducido a la voluntad de atentar contra la paz pública».

Así, en la cuestión catalana, desde que presidió el tribunal que enjuició a los líderes independentistas, le han convertido en uno de los jueces españoles más conocidos donde se cree el papel de seguidor de las masas conservadoras dentro del ámbito jurídico y fuera de él. Su postura sobre los indultos del procés dejó claro que la cuestión independentista le obsesiona. Hay que recordar que Marchena y los magistrados de la Sala Segunda se oponían con todas sus fuerzas por considerar el indulto como «una solución inaceptable»…

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