viernes, 26 de abril del 2024

El Govern aprueba por decreto parar desahucios de grandes tenedores a familias vulnerables

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Josep Herrera
Josep Herrera
Periodista Journalist Press                                                                                                                                                                             diariolasrepublicas@gmail.com
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El gobierno aprueba un decreto ley con el que pretende detener los desahucios de familias vulnerables mientras dure el estado de alarma y hasta que los grandes tenedores les ofrezcan un alquiler social, tal como ya establecía la ley de medidas urgentes en el ámbito de la vivienda y la pobreza energética de 2015, que la iniciativa legislativa modifica.

El decreto no tiene efectos sobre los inquilinos que habitan en pisos propiedad de pequeños tenedores. La norma modificada especifica que todo proceso de desahucio iniciado en una propiedad de un gran tenedor en que no se haya acreditado una propuesta de alquiler social deberá interrumpirse para que ésta se pueda plantear.

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La suspensión de los desahucios de inmuebles con este tipo de propietario concreto estará vigente mientras dure el estado de alarma o cualquier otra medida que implique restricciones de movilidad. La medida también obliga a las fuerzas de seguridad a pedir un informe a los servicios sociales cuando reciban una demanda de desalojo cautelar de un inmueble.

Definición de «vulnerabilidad»

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La definición de «familia vulnerable» en esta nueva norma hace referencia tanto a aquellas personas que han terminado en una situación de vulnerabilidad a consecuencia de la crisis sanitaria de la Covidien-19 como aquellas que antes ya se encontraban.

Y incluye, además, familias que han ocupado un piso ilegalmente desde antes de junio de 2019, cuando aún no se había decretado el estado de alarma, personas a las que se les ha acabado el contrato de alquiler o tienen dificultades para hacer frente a las cuotas de la hipoteca.

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El decreto también incluye aquellas familias que habían ocupado un inmueble entre julio del 2019 y el pasado 25 de octubre del 2020, cuando se decreta de nuevo el estado de alarma, siempre que dispongan de un informe que acredite su vulnerabilidad .

 

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