viernes, 29 de marzo del 2024

Quim Torra de nuevo inhabilitado: 15 meses por la segunda pancarta sobre la «libertad» en el Palau de la Generalitat

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Josep Herrera
Josep Herrera
Periodista Journalist Press                                                                                                                                                                             diariolasrepublicas@gmail.com
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El juzgado de lo penal número 6 de Barcelona ha condenado al expresidente de la Generalitat Quim Torra a una multa de 24.000 euros e inhabilitación durante quince meses, por no haber cumplido la resolución que le instaba a retirar la pancarta de la fachada del Palau de la Generalidad donde se pedía la libertad para los presos políticos y exiliados. La defensa del expresidente ha anunciado que recurrirá la decisión de la justicia.

En este sentido, la sentencia del TSJ mantiene que los edificios públicos, como patrimonio de la sociedad, deben estar al servicio de los intereses generales y que el lema de la pancarta y el lazo amarillo -a juicio del tribunal- no representa toda la sociedad. El juicio se celebró en marzo, en ausencia del expresidente por no legitimar «una nueva farsa». El tribunal también ha tenido en cuenta la negativa del expresidente a asistir al juicio.

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«La sentencia no es más que un eslabón de la cadena represiva de España para evitar el ejercicio democrático y la libertad de expresión en Catalunya», ha denunciado el expresidente, que advierte: «Hasta que no volvamos a tomar el rumbo hacia la independencia estamos condenados a la represión, las sentencias humillantes sobre el catalán en la escuela, la persecución de activistas contra su derecho de manifestación y, lo que es peor, a una pugna de partidos por los muelles del poder autonómico».

Segunda condena

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Ésta es la segunda condena en Torra por un caso similar. La primera fue por no haber retirado a tiempo la pancarta durante el período de las elecciones municipales y europeas del 2019. La condena que se ha conocido ahora, la segunda, es por volver a colgar la pancarta al día siguiente de las elecciones, el 27 de mayo del 2019, y no haberla retirado cuando le llegó la orden de hacer lo. La justicia decidía, así, que la pancarta no podía exhibirse en período electoral, ni tampoco en cualquier otro momento.

La condena, por un delito de desobediencia, prevé que Torra pague 24.000 euros de multa: 100 euros diarios durante ocho meses. El expresidente de la Generalidad no podrá desempeñar cargos públicos ni funciones de gobierno de ámbito local, autonómico, estatal ni europeo.

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La magistrada considera a la sentencia que queda probado de que el acusado no cumplió la resolución judicial de retirada de la pancarta. Para la magistrada, los hechos no pueden ampararse en el ejercicio legítimo de los derechos fundamentales ni en la inviolabilidad parlamentaria.

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